martes, 14 de enero de 2014
UNA SEMTENCIA CONSIDERA QUE LLAMAR "ENFERMOS" A DOS GAIS NO ES HOMOFOBIA.SI QUE CASTIGA REVELAR LA HOMOSEXUALIDAD DE DOS TRABAJADORES
Un juzgado de Barcelona ha condenado a tres años y medio de prisión al directivo de una empresa por comunicar a sus superiores la condición de homosexuales de dos empleados, cuya orientación sexual descubrió tras acceder a sus correos electrónicos.
En su sentencia, que no es firme, el juzgado de lo penal número 23 de Barcelona condena por un delito de revelación de secretos a un directivo de la empresa Gartner K.G., pero lo absuelve del delito de injurias de que estaba acusado por calificar de "enfermos" a los empleados cuyo correo espió.
Es la primera causa que se abrió en España contra una empresa por injurias homófobas a sus empleados, aunque finalmente la sentencia no ha condenado por ese delito, al entender que no puede inferirse sin lugar a dudas que con la expresión "enfermos" el acusado tuviera la intención de "insultar o menospreciar" a los trabajadores gays.
Según cree probado la sentencia, el acusado, Cristian P., que era el responsable de la oficina de representación de Barcelona de la empresa Gartner J.G., leyó en agosto de 2008 mensajes privados que se habían intercambiado dos empleados, en los que aludían a la orientación homosexual de ambos. Con el propósito de revelar ese dato, el procesado envió unos días después un correo electrónico al jefe del departamento de ventas de la empresa en Austria en los que revelaba la orientación sexual de los empleados y aseguraba que los mensajes espiados tenían "increíble contenido guarro". "(...) Lamentablemente, he descubierto que (los empleados) son homosexuales, y los dos se caen muy bien (...)", escribió el procesado en uno de los correos a su superior, de lo que el juez deduce que la orientación sexual de sus dos trabajadores "no era de su agrado".
"(...) Lamentablemente, he descubierto que (los empleados) son homosexuales, y los dos se caen muy bien (...)", escribió a sus superiores
Para el juez, tampoco tiene justificación que el acusado comunicara a su superior el contenido de los correos porque "no se trata de un problema empresarial que tenga que debatir con su jefe. La orientación sexual no puede ser considerada una traba para el trabajo de forma que haya que comunicarlo al superior jerárquico", argumenta el magistrado.
El directivo estaba imputado también por un delito de injurias por afirmar en un mensaje a su superior que estaba "harto del teatro de estos enfermos", expresión que según la Audiencia de Barcelona -que reabrió el caso tras ser archivado en primera instancia- "viene revestida de un carácter vejatorio". Sin embargo, el juez cree que "no puede inferirse sin lugar a dudas que el acusado tuviera la intención de insultar o menospreciar con el empleo de dicha expresión" y que no puede concretarse a qué se estaba refiriendo con el término "enfermos".
La sentencia descarta que la revelación de su orientación sexual causara daños morales a los empleados, que a través de la acusación particular exigían una indemnización de 40.000 euros, porque en este caso "no hay ninguna prueba de las alteraciones patológicas o psicológicas causadas, salvo un informe médico que nada en concreto dice".
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